lunes, 1 de septiembre de 2008

Algunos enlaces interesantes

En el día de hoy iniciamos la asignatura introduciendo el tema de las obligaciones, su definición, sus caracteres, así como su clasificación según su fuente y según su objeto.

Como trabajo para el próximo lunes 8 de septiembre le corresponde a los estudiantes presentar las obligaciones según su objeto.

Comparto con ustedes aqui un enlace en el que se explica el tema
Obligaciones según su objeto
http://iurisbull.wordpress.com/2007/05/24/obligaciones-segun-objeto/

Espero sus comentarios sobre el tema y cómo se han sentido investigando.

10 comentarios:

Anónimo dijo...

Buen Dia Prof.Valenzuela:

En lo adelante presentare mi investigacion sobre La Obligacion según su objeto.
Por su naturaleza son.
POSITIVAS:en esta obligacion su prestacion o comportamiento consiste en dar o hacer algo.(el dar tiene por objeto la entrega de una cosa, ya sea mueble o inmueble,ya sea para que se constituya sobre ella un derecho real, o se haga la transferencia de su suo).
Cuando se trata de hacer, aqui se busca que el hecho se ejecute.
NEGATIVAS:esta consiste en abstenerse de hacer algo.

ALTERNATIVAS Y FACULTATIVAS:
ALTERNATIVAS:aqui el deudor debe cumplir por completo con una de las obligaciones(asi al cumplir con una queda liberado de la otra).
FACULTATIVAS:aqui el deudor tiene la facultad de sustituir una prestacion por otra( esto se le permite cuando el deudor no ha podido cumplir con la prestacion principal)
DIVISIBLES E INDIVISIBLES
DIVISIBLES:en las divisibles el objeto a entregar se puede entregar por partes ej:2 libras de carne
INDIVISIBLE:aqui las prestaciones deben ser cumplidas y entregadas por completo ej: la entrega de una casa.
OBJETO SIMPLE Y COMPUESTO:
SIMPLE.en las obligaciones simple hay una sola prestacion, y deben hacerse entrega de la misma de manera completa.
COMPUESTA:aqui la obligacion consta de dos prestaciones.
DE MEDIO Y DE RESULTADO:
DE MEDIO:es cuando el deudor se compromete a realizar todas las actividades necesarias por medio del cual obtendra un resultado esperado por el acreedor.El resultado es aleatorio, no es seguro ni garantizado por el deudor.La obligacion se cumple si realiza la actividad.
DE RESULTADO:es cuando el deudor se compromete a cumplir una prestacion determinada,se obliga frente al acreedor a un resultado determinado.La obligacion se cumple si el resultado se obtiene.
Otras clasificaciones que pude encontrar y que me parecieron interesante fueron:
POR EL CONTENIDO DE LA PRESTACION
PATRIMONIAL:cuando la prestacion significa un sacrificio economico que se realiza para satisfacer un interes.
EXTRAPATRIMONIAL:cuando la prestacion no significa un sacrificio economico sino que es un derecho inherente.
COMENTARIO:
Algunas de las subdivisiones de las obligaciones por su objeto, me estaban siendo un poco confusas, pero gracias al enlace que usted puso pude aclarar algunas dudas(cualquier error en mi investigacion me gustaria que me lo puntualizara)Gracias.
Gladys Ivelisse García Guzmán
CA-9661

Anónimo dijo...

En esta investigacion podemos apreciar la obligacion segun su objeto.

al principio fue un poco dificil pero despues que usted en el blog nos dio la faculltad de ver un resumen de lo que trataba este tema .

como se dividian segun su naturaleza, segun sus medios , los resultados entre otras de las cual cada una de esas obligaciones generaba alguna obligacion de hacer o no hacer una con respecto a la otra.


yanill perez silverio

CF-7429

yanillperez@hotmail.com

Anónimo dijo...

Hola propfe..
En la investigacion que hice sobre el objeto de la investigacion fue tan extensa que me llevaria toda una pagina comentandole.
Lo que hice fue un breve resumen de lo que considere mas importante.

Lo primero es que la OLIGACIONE ,es unvinculo juridico entre personas con intereses pecuniarios entre un acreedor y un deudor.

El objeto de la obligacion es la prestacion que un deudor debe cumplir en beneficio del acreedor.

Esta prestacion puede ser de un hecho positivo o un hecho negativo.

Caracteres de la obligacion: es un vinculo de derecho,tiene una naturaleza pecuniaria,es una relacion personal.

La obligacion puede ser de medios o de resultados.
Mi comentario recae sobre las obligaciones, por que entiendo que toda las relaciones de caracter pcuniario que existen entre las personas son relaciones de obligaciones, y esto pasa al estar en contacto con los demas, de igual formas van creando estas obligaciones, tejiendo una red que envuelve nuesrtra vida juridica.
ANALUCIA ZALLAS
AF-1051 SEC-05

Anónimo dijo...

BUEN DIA PROFESORA
EN LAS OBLIGACIONES SEGUN SE OBJETO

LAS POSITIVAS: SON AQUELLAS EN VIRTUD DEL CUAL EL DEUDOR OBLIGA AL ACREEDOR PARA REALIZAR UNA CONDUTA POSITIVA.
DAR: DONDE EL DEUDOR SE COMPROMETE A TRAMSFERIR UN DERECHO REAL.ESTAS INCLUYEN LA ENTREGA DE LA COSA

HACER:IMPLICA UNA CONDUCTA POSITIVA COMO LA DE DAR PERO SON TODAS DIFERENTESNDE TRAMSFERILUN DERECHO REAL Y TIENE UN REGIMEN ESPECIAL EN CUANTO LA MORA.



LAS NEGATIVA:SON LAS IMPLICAN UNA ATRACCION , CONDUCTA NEGATIVA,ES DECIR NO HACER.

ALTERNATIVAS Y FACULTAIVAS.
ALTERNATIVAS:SON LAS OBLIGACIONES EN LAS QUE EXISTEN DOS OMAS PRESTACIONES EN LAS CUALES EL DEUDOR SE LIBRA CUMPLIENDO CUALQUIERA DE ELLAS.

FACULTATIVAS:SON LAS OBLIGACIONES DE DOS O MAS PRESTACIONES .EL DEUDOR SE OBLIGA A UNA PRESTACION ,PERO SE LE DA UNA FACULTAD.CON LO QUE PRODECE A CUMPLIR CON OTRA.

DIVISIBLES E INDIVISIBLES.
DIVISIBLES:SON AQUELLAS CUYO OBJETO ES SUCEPTIBLE DE FRACCIONAMIENTO SIN QUE SE:
1-DIVISIBILIDAD FISICA O MATERIAL
2- " INTELECTUAL O DE CUOTA.

INDIVISIBLES. ES DONDE EL ACREEDOR NO ESTA OBLIGADO A RECIBIR POR PARTES.SON LAS QUE TIENEN POR OBJETO NO FRACCIONAR.

LAS HAY DE OBJETO SIMPLE Y COMPUESTO.

DE MEDIO Y DE RESULTADO.

COMENTARIO
.LA LEY ESTABLECE QUE UNA OBLIGACION DEBE CUMPLIRSEDE MANERA COMPLETA Y NO FRACCIONADA.

EUNICE LORENZO CG-2139

Anónimo dijo...

mramirez1023@hotmail.com
CF-6488
Buenas noches.

Desarrollo de practicas.
I
-Sobre Obligaciones.
-La obligación espresada es de Resultados.
Por que el compromiso de la obligacion del deudor dara un resultad.
-No se cumplio con la obligacón.
-La carga de la prueba recae sobre el deudor,es quien debe realizar la prueba de fuerza mayor para liberarse ya que el hecho de no cumplimiento de la obligación lo deja en falta.

II
-Sobre la clasificación de los contratos.
-Escojo la clasf. Segun su requisitoS de fondo.
Por que es atravez de esta que se fomenta la validez del contrato y se establece la formación que espresara de acuerdo a su objetivo el publico al que estara dirijido y el cual se obliga con dicha acción al momento de contractual.Estableciendo su clasf. en contratos:
-De mutoo acuerdo y adhesión
-Colectivos e Individuales.

Los de mutuo acuerdo son los que se discuten en plano de iguardad.Los de Adhesión no se establecen en plano de iguardad sino que la parte mas debil esta sometida a la mas poderosay no tiene posibilidad de regateo.Los colectivos el consentimiento es su vase ya que solo se obligan la partes que lo dan,en cuanto a los individuales se obligan un grupo de personas sin la necesidad de dar su consentimiento.

Anónimo dijo...

CF6488.
mramirez1023@hotmail.com

Desarrollo de practica.
Numero III.Los contratos Reales.
-Son:los que para su formación se requiere el consentimiento,la entrega de la cosa.
-Lo caracteriza:La entrega de la cosa
-Son ejemplo de estos contratos:La Prenda,El prestamo de consumo,etc.

Anónimo dijo...

Buenas tardes a todos.

En lo que investigue encontre unos cuantos conceptos.

1.La obligacion crea un vinculo patrimonial entre dos personas.El acreedor tiene un derecho ralacionado con la persona del deudor,no sobre una cosa obien.

2.Derecho de obligaciones:Es la rama del derecho que se ocupa de todo lo relacionado con la obligaciones juridicas.

La obligacion juridica es aquella relacion en viertud de la cual una parte(denominada deudora) debe oservar una conducta(denominada prestacion) que puede consistir en dar, hacer o no hacer, en interes de otra parte (denominado acreedor).

La responsabilidad es la consecuencia juridica que sobreviene por el incumplimiento de la deuda.Sin embargo, haber deuda sin responsabilida, como seria una obligacion natural o una obligacion ya prescripta, y responsabilidad sin deuda, como seria el caso del fiador.

NOEMI GOMEZ
CA4057.
GOMEZNOEMI_23@HOTMAIL.COM.
c

Anónimo dijo...

LAS OBLIGACION CONSISTE EN EL DERECHO QUE TIENE UNA PERSONA LLAMADA ACREEDOR , DE EXIGIRLE A OTRA LLAMADA DEUDOR ,A QUE CUMPLA CON UNA PRESTACION EN BENEFICIO DE AQUEL ESA PRESTACION PUEDE CONSITIR EN HECHO POSISITIVO EL PAGO DE UM PRESTAMO,LAS EJECUSION DE UN MANDATO,OTRAS VECES CONSISTE EN UN HECHO NEGATIVO NO CONTRUIR UN EDIFICIO DE VARIOS PISOS .MASTRICULA BF0884 SILBESTRE ABAD

Unknown dijo...

LAS OBLIGACIONES SEGÚN SU OBJETO SE CLASIFICAN:

OBLIGACIONES DE DAR, DE HACER Y NO HACER.

Estas se encuentran establecidas en el artículo 1101 del código civil de lo que es un contrato, definido como un convenio en cuya virtud una o varias personas se obligan respecto de otras a dar, hacer o no hacer alguna cosa.

OBLIGACIONES POSITIVAS Y OBLIGACIONES NEGATIVAS

Tiene las misma base que las anteriores ya que dentro de las positivas están las obligaciones de dar y hacer y dentro de las negativas la de no hacer.

OBLIGACIONES REALES Y ORDINARIAS.

En las ordinarias el deudor compromete su patrimonio, este constituye la prenda de su acreedor mientras que el deudor de obligación real no compromete su patrimonio mas haya de la cosa a la cual esta unida a la obligación.

OBLIGACIONES DE RESULTADO O DETERMINADAS Y OBLIGACIONES DE MEDIOS O DE PRUDENCIA Y DILIGENCIA.

Son las mas importante según su objeto especialmente en cuanto a la prueba se basa en la idea de que en ocasiones el deudor sea obligado obtener un resultado y su obligación es actuar con prudencia y diligencia a fin de lograr dicho resultado determinada o de resultado es cuando la ley o el contrato le imponen al deudor el cumplimiento de una prestación consistente en la obtención de un resultado.

CG-1664

Unknown dijo...

LAS OBLIGACIONES SEGÚN SU OBJETO SE CLASIFICAN:

OBLIGACIONES DE DAR, DE HACER Y NO HACER.

Estas se encuentran establecidas en el artículo 1101 del código civil de lo que es un contrato, definido como un convenio en cuya virtud una o varias personas se obligan respecto de otras a dar, hacer o no hacer alguna cosa.

OBLIGACIONES POSITIVAS Y OBLIGACIONES NEGATIVAS

Tiene las misma base que las anteriores ya que dentro de las positivas están las obligaciones de dar y hacer y dentro de las negativas la de no hacer.

OBLIGACIONES REALES Y ORDINARIAS.

En las ordinarias el deudor compromete su patrimonio, este constituye la prenda de su acreedor mientras que el deudor de obligación real no compromete su patrimonio mas haya de la cosa a la cual esta unida a la obligación.

OBLIGACIONES DE RESULTADO O DETERMINADAS Y OBLIGACIONES DE MEDIOS O DE PRUDENCIA Y DILIGENCIA.

Son las mas importante según su objeto especialmente en cuanto a la prueba se basa en la idea de que en ocasiones el deudor sea obligado obtener un resultado y su obligación es actuar con prudencia y diligencia a fin de lograr dicho resultado determinada o de resultado es cuando la ley o el contrato le imponen al deudor el cumplimiento de una prestación consistente en la obtención de un resultado.

cg-1664